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En cumplimiento del deber de proteger el
bienestar integral de los niños y niñas, derecho que el Estado tiene
que respetar y hacer respetar, el Ministerio de Educación se dirige
a la opinión pública para expresar, que este sector establece la
edad de 6 años cumplidos, como uno de los requisitos para el ingreso
a primer grado de primaria, con el propósito de asegurar que los
niños y niñas tengan el tiempo necesario para madurar integral y
armónicamente, en el aspecto emocional, afectivo, social y
cognitivo.
El objetivo es que los niños y niñas estén
preparados para enfrentar los retos que demanda la experiencia
escolar y los aprendizajes que corresponden a la educación primaria.
Cabe precisar que esta disposición se encuentra
vigente desde el año 2009 y está enmarcada en parámetros
internacionales. Asimismo, se establece un punto de corte
equivalente para la educación inicial de 3 a 5 años.
La norma señala que los niños y niñas que se
matriculan por primera vez, en el presente año, para el nivel de
educación inicial de 3, 4, 5 años o en primer grado deben tener la
edad cumplida al 31 de marzo.
Por ello, es responsabilidad de los directores de
instituciones educativas públicas y privadas; además, de las
Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones
Regionales de Educación (DRE), asegurar el cumplimiento de esta
disposición, bajo responsabilidad.
Sin embargo, considerando que en años anteriores
el sistema no detectó ni corrigió oportunamente las irregularidades
cometidas por las Instituciones Educativas al matricular a los niños
y niñas en un aula que no les correspondía según sus edades, se
establece, por única vez, lo siguiente:
Los niños y niñas que tuvieron matrícula
irregular, por motivo de edad, durante el año 2011, en las aulas de
3, 4 y 5 años, podrán continuar progresivamente sus estudios en el
aula o grado correspondiente, siempre y cuando cumplan la edad
requerida hasta el 31 de julio, y si los padres de familia así lo
deciden.
Para poder realizar la matricula, los padres de
familia deberán presentar el código único de matrícula y la
constancia de estudios debidamente suscrita por la dirección de la
institución educativa.
La medida se tomará sin perjuicio de las
sanciones que correspondan a las Unidades de Gestión Educativa Local
(UGEL), y a las Instituciones Educativas que realizaron las
matriculas de manera irregular.
Oficina de Imagen Institucional UGEL 03
Viernes 27 de enero de 2012 |